Por Óscar Mármol director financiero de Grupo Moure
Reducir la carga fiscal, el sueño de muchos empresarios. Pagar menos impuestos de forma legal es algo que todo el mundo persigue y por suerte el sistema da muchas herramientas para hacer posible este menor pago y optimizar la factura fiscal.
El sistema fiscal es dinámico y cambia constantemente. Se trata de una política que tiene como objetivos la regulación del mercado, en algunos casos desequilibrados, para gravar la riqueza y dotar al Estado de fondos o incluso para evitar el temido fraude.
El secreto no es otro que la planificación. Muchas veces se tienen los beneficios al alcance de la mano, pero la presión del día a día evita que nos fijemos en ellos. Para llevar una empresa no se puede improvisar y diseñar una buena planificación estratégica en términos fiscales es clave para poder adelantarse a las circunstancias y ahorrar impuestos.
Para acometer esta planificación hay que tener en cuenta todo: qué deducciones existen, en qué actividad desarrollamos, el régimen fiscal de nuestra comunidad autónoma y las circunstancias especiales de cada territorio.
Partiendo de esta base y teniendo en cuenta que el impuesto de sociedades es el impuesto que grava los beneficios de las empresas podemos tener en cuenta las siguientes medidas que nos puede ayudar a pagar menos impuestos o diferirlos en el tiempo.
¿Cómo optimizar la carga?
La política fiscal tiende a ayudar a las pymes, la base del tejido económico español, con una serie de beneficios que pueden ser aplicables. Existen hasta seis formas de aprovechar los beneficios que ofrece el sistema para reducir la carga fiscal legalmente.
En primer lugar, se pueden optimizar las amortizaciones al máximo de los coeficientes que permite Hacienda. En concreto, las empresas de reducida dimensión y con un volumen de cifra de negocio inferior a los 10 millones de euros, así como los empresarios individuales que aumentan su plantilla se pueden acoger a la libertad de amortización por los nuevos activos adquiridos en el inmovilizado.
De este modo, la ley posibilita amortizar hasta al 100% en un ejercicio los elementos que se adquieran durante un año.
En segundo lugar, hay que revisar qué tipo de deducciones y bonificaciones se nos permite aplicar en el impuesto de sociedades. La creación de empleo, la inversión en I+D+I o la innovación tecnológica se premia, y si es positivo para el negocio, puede ser interesante acometerlas.
La tercera medida tiene mucho que ver con la necesidad de tenerlo todo planificado. El control del cierre fiscal, para que este esté equilibrado y los ingresos y gastos estén correctamente imputados, nos puede ahorrar un mayor pago de impuestos. No hay que dejar que por falta de un control exhaustivo en las cuentas nos toque pagar más tributos.
En cuarto lugar, hay que tener en cuenta la provisión del deterioro de créditos. La normativa fiscal a las grandes empresas permite deteriorar los créditos comerciales para aquellas facturas vencidas superiores a 6 meses.
En el caso de las pymes, estas pueden ampliar este beneficio, ya que para los créditos comerciales del 2020 y 2021 se ha modificado la ley permitiendo que sean créditos vencidos en solo 3 meses.
En quinto lugar, es conveniente financiar el inmovilizado mediante la fórmula del leasing. Esto nos permite adelantar el gasto de amortización, reduciendo la carga fiscal a medio plazo.
Por sexto y último lugar existe el concepto de reserva de capitalización, que nos permite la deducción del 10% del incremento de los fondos propios. Cabe destacar que Hacienda concreta qué partidas se consideran fondos propios para este cálculo.
Esta deducción tiene requisitos de cumplimiento tales como mantener el incremento de los fondos propios durante 5 años, a excepción de que sean por pérdidas contables y que se dote una cuenta contable de reservas separada del resto de reservas. En caso de incumplimiento se deberá de devolver el importe deducido más intereses de demora.